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Vivienda y actualidad: Conoce más sobre la "Ley devuélveme mi casa"


La nueva ley promulgada el viernes 15 de abril, protege los derechos de los propietarios de bienes raíces frente a arrendatarios que sean morosos o destruyan el inmueble. Mediante el establecimiento de plazos y condiciones, los propietarios podrán solicitar la restitución de sus bienes arrendados, así como los pagos asociados al uso de los servicios básicos y gastos comunes. En la demanda deben incluirse los antecedentes como los gastos comunes y de consumo adeudadas y el requerimiento para que el deudor pague dentro del plazo de diez días. En el caso de que éste no regularice su situación, el juez podrá disponer su lanzamiento en un plazo no mayor a 10 días, y con auxilio de la fuerza pública si fuere necesario.


Esta ley regula el arriendo en los predios urbanos e incidirá en que los procedimientos de restitución de los inmuebles sean más expeditos y fluidos en los tribunales. Pero, ¿qué debemos tener en cuenta para agilizar este procedimiento? Acá los detalles explicados en detalle por los expeRtos de Lux Inversiones ((www.luxinversiones.cl)


Regla de oro: siempre hacer el contrato de arriendo en una notaría

Uno de los principales problemas a la hora de arrendar una propiedad es que muchos arrendatarios no generan contratos de arriendo adecuados por escrito. Esto implica que los documentos deben estar por escrito, y no a través de un simple acuerdo de palabra, que en la práctica desprotege al arrendatario y su inmueble. Es importante informar a la población en relación al contrato de arriendo. Es ambiguo un acuerdo de palabra y es fundamental que los contratos sean por escrito y notariados, ya que es la única forma de que queden especificadas las cláusulas del acuerdo.


¿Qué pasa si no hay contrato por escrito y me dejan de pagar el arriendo?

En este caso, la ley indica que se presumirá que la renta es el monto consignado en los depósitos o documentos de pago por al menos tres meses consecutivos, y en el caso de que estos no existan, se presumirá que la renta es la que declare el arrendatario.


La ley conocida como “Devuélveme mi casa” aborda casos como el incumplimiento de la obligación de pagar a tiempo el arriendo de un inmueble, su uso para fines distintos del estipulado y la ocupación de la propiedad sin título alguno.


Los arrendadores ya no tienen que esperar

Según cifras de la Corte Suprema, son cerca de 60 mil las familias dueñas de inmuebles que denuncian a sus arrendatarios y más de 15 mil los juicios por arrendamiento que se presentan al año. Lamentablemente, sólo una de cada cuatro demandas termina el proceso. La ley “Devuélveme mi casa” elimina la tramitación engorrosa, con los consecuentes perjuicios que esto podía causar a los dueños.

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